El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se actualiza la lista de sustancias aromatizantes artificiales autorizadas en la elaboración de productos alimenticios, con el fin de garantizar la protección de la salud.
La inclusión de estas nuevas sustancias, ya admitidas en otros Estados miembros de la Unión Europea, responde a las solicitudes presentadas por las asociaciones del sector.
El proyecto ha sido sometido a procedimiento de información a la Comisión Europea, previsto en materia de normas y reglamentaciones, y ha sido informado por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria.
Dichas sustancias aromatizantes han sido evaluadas en cuanto a su seguridad por el Comité de Expertos en sustancias aromatizantes del Consejo de Europa, o bien por el comité de expertos conjunto de la OMS y la FAO, evaluación que integra datos sobre la ingesta a partir de los usos actuales, metabolismo y toxicidad.
Cantidad máxima
Esta modificación afecta a los anexos IV y V de la reglamentación técnico-sanitaria sobre aromas. Así, en el IV se recoge la lista de sustancias aromatizantes artificiales y se incluye solamente un sustancia nueva en tanto que en el V -que recoge la lista limitativa de sustancias y que indica las cantidades máximas permitidas- se añaden diversos compuestos.
Por otra parte, el ministro portavoz del Gobierno, Eduardo Zaplana, ha anunciado al término de la reunión que las próximas elecciones generales se celebrarán el 14 de marzo. En la misma fecha tendrán lugar los comicios andaluces.